2022_23
Guía docente 
Facultad de Enología
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castellano 

Organización


Las enseñanzas que se imparten en la Facultad de Enología son las siguientes:
Los principales departamentos principales implicados en la docencia en la Facultad son:

La Facultad de Enología dispone de 7 ha. de viñedo y de una bodega docente y experimental. La bodega del Mas dels Frares, con una superficie útil total de 700 m2, ha sido diseñada para cubrir estas necesidades docentes y de investigación. En la actualidad se dispone de las infraestructuras mínimas necesarias para el procesamiento de los 50.000 kg de uva procedentes de las más de 20 variedades viníferas que han sido plantadas en el campo experimental.

La bodega experimental del Mas dels Frares dispone de un aula que permite una mejor integración teórico-práctica en la formación de los alumnos, de vestuarios, de un laboratorio para las prácticas y para el control analítico de las vinificaciones y de una bodega de vinificación, una bodega de envejecimiento climatizada, una nave para el embotellado con equipos manuales y semiautomáticos y una futura nave para la destilación.

Órganos colegiados de gobierno

La Junta de Facultad de Enología está compuesta por::

a) El decano o decana, el vicedecano o vicedecana, los responsables de enseñanza y el secretario o secretaria.

b) Los directores de departamento que sean responsables de una docencia equivalente al menos a un tercio de la carga total de alguna de las enseñanzas adscritas a la Facultad de Enología.

c) Una representación de miembros del colectivo docente e investigador vinculado al centro equivalente al 62% de los miembros de la Junta, incluidos los miembros natos previstos en los apartados a) y b), elegidos por este colectivo y entre éste, teniendo en cuenta que el número de profesores funcionarios de los cuerpos docentes universitarios represente al menos un 51% del total de miembros de la Junta, de acuerdo con la siguiente distribución:
1. Todo el profesorado funcionario de los cuerpos docentes universitarios vinculado a la Facultad y todo el profesorado contratado vinculado a la Facultad con dedicación a tiempo completo.

2. Una representación de los colectivos del personal investigador, de los becarios de investigación y del profesorado contratado a tiempo parcial, vinculados a la Facultad con un mínimo de un representante por cada uno de los distintos colectivos.

d) Una representación de estudiantes equivalente al 26% de los miembros de la Junta, elegidos proporcionalmente por los estudiantes de cada una de las enseñanzas adscritas al centro y entre éstas.

e) Una representación del personal de administración y servicios adscrito al centro, equivalente al 12% de los miembros de la Junta, elegidos por este colectivo y entre éste.

Los miembros elegibles de la Junta de Facultad son renovados cada cuatro años, salvo los estudiantes, que lo son cada dos, sin perjuicio de la posibilidad de realizar otras elecciones parciales para cubrir las vacantes.

Son competencias de la Junta de Facultad de Enología:

a) Elegir al decano o decana de la Facultad y acordar su revocación.

b) Aprobar las líneas generales de actuación de la Facultad.

c) Aprobar la memoria anual de actividades.

d) Elaborar el proyecto del Reglamento de Facultad y proponer su modificación.

e) Elaborar los planes de estudios de las enseñanzas que tiene adscritas, proponer su aprobación y, en su caso, su modificación.

f) Supervisar el funcionamiento de las enseñanzas que tiene adscritas y la actividad del profesorado que imparte docencia.

g) Garantizar el progreso académico de los estudiantes y su aprendizaje para que alcancen los objetivos formativos definidos en el correspondiente plan de estudios.

h) Aprobar y aplicar los programas de tutoría y seguimiento de los estudiantes de las enseñanzas que la Facultad tiene adscritas.

i) Garantizar la calidad de la docencia, los servicios y la atención al alumnado.

j) Proponer programas de posgrado.

k) Planificar la utilización de los recursos económicos, establecer las directrices generales para administrarlos y ser informada periódicamente de las decisiones de ejecución adoptadas por el decano o decana.

l) Asignar recursos materiales a los departamentos que impartan docencia en alguna de las enseñanzas que tenga adscritas, de acuerdo con la programación docente y la coordinación prevista en el artículo 27 de este Reglamento.

m) Informar sobre las propuestas de los departamentos relativas al profesorado que impartirá docencia en las enseñanzas adscritas a la Facultad mediante la coordinación prevista en el artículo 27.

n) Informar sobre las necesidades de profesorado, de acuerdo con los planes de actividad docente y las propuestas de los departamentos relativas a la creación de nuevas plazas de profesorado y al destino de las vacantes.

o) Constituir comisiones delegadas y otros órganos de asesoramiento, fijando su composición.

p) Proponer los miembros titulares y suplentes que deben integrar las comisiones de acceso de profesorado.

q) Aprobar la adscripción de profesores a la Facultad.

r) Todas las demás que el Estatuto de la Universidad Rovira i Virgili y las normas que lo desarrollen le atribuyan.

Otros órganos colegiados del centro son:

Órganos unipersonales de gobierno

Decano/a:

Corresponde al decano o decana:
a) Representar a la Facultad.

b) Dirigir y coordinar las funciones y actividades de la Facultad.

c) Dirigir la gestión académica, administrativa y presupuestaria de la Facultad y mantener informada periódicamente a la Junta de Facultad.

d) Convocar y presidir la Junta de Facultad, ejecutar y hacer cumplir sus acuerdos.

e) Proponer al rector o rectora el nombramiento o cese del vicedecano o vicedecana, del secretario o secretaria y de los responsables de enseñanza entre el profesorado permanente con dedicación a tiempo completo adscrito a la Facultad.

f) Ejercer la dirección funcional del personal de administración y servicios adscrito a la Facultad.

g) Todas las demás funciones que le atribuya el Estatuto de la Universidad Rovira i Virgili y aquellas otras relativas a la Facultad que ni el Estatuto ni este Reglamento atribuyan a la Junta de Facultad.

Vicedecano/a: El vicedecano o vicedecana y el secretario o secretaria les propone el decano o decana, y los nombra el rector o rectora. Ejercen las funciones que el decano o decana les encomiende.

Secretario/a: El secretario o secretaria de la Facultad se encarga de redactar y custodiar las actas de la Junta de Facultad, de expedir las certificaciones de los acuerdos adoptados y de redactar las certificaciones necesarias en la gestión administrativa de la Facultad.

Coordinador o coordinadora de grado o máster: Los coordinadores o coordinadoras de grado o máster son profesores permanentes con dedicación a tiempo completo que, bajo la dirección del decano o decana del centro al que la enseñanza esté adscrita, se encargan de establecer la programación académica, de coordinar los recursos humanos y materiales necesarios para desplegar una o más enseñanzas afines, de realizar el seguimiento de la calidad y de los planes de mejora de estas enseñanzas, y de formular las propuestas correspondientes.