Grado en Relaciones Laborales y Empleo (2009) |
Asignaturas |
DERECHO SANCIONADOR Y PROCESAL DEL TRABAJO |
Evaluación |
DATOS IDENTIFICATIVOS | 2022_23 |
Asignatura | DERECHO SANCIONADOR Y PROCESAL DEL TRABAJO | Código | 15204107 | |||||
Titulación |
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Ciclo | 1º | |||||
Descriptores | Cr.totales | Tipo | Curso | Periodo | ||||
6 | Obligatoria | Tercer | 2Q |
Competencias | Resultados de aprendizaje | Contenidos |
Planificación | Metodologías | Atención personalizada |
Evaluación | Fuentes de información | Recomendaciones |
Metodologías | Competencias | descripción | Peso | ||||
Resolución de problemas/ejercicios en el aula ordinaria |
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Tras los casos prácticos realizados se realizará una prueba práctica individual evaluativa en el que se valorará el estudio efectuado de las fuentes de conocimiento utilizadas, la adecuada fundamentación jurídica de las respuestas y la capacidad de síntesis. Para superar esta actividad obligatoria se ha de obtener una calificación mínima de cinco puntos. La asistencia a todas las clases prácticas será obligatoria para todos los alumnos para poder acceder a la prueba evaluativa práctica de la evaluación continuada |
La superación del examen práctico supone el 30% de la calificación final | ||||
Pruebas objetivas de tipo test |
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Se realizará una prueba del temario de Derecho Sancionador y otra prueba de Derecho Procesal. Estas pruebas, que forman parte de la primera convocatoria, evaluarán la parte teórica de la asignatura. Cada una de las pruebas teóricas consistirá en una prueba objetiva tipo test , integrada por preguntas cerradas con cuatro respuestas alternativas. En el examen tipo test las preguntas erróneas serán penalizadas. Para hacer media entre las pruebas evaluativas se requiere que el/la alumno/a haya suspendido una sola de las pruebas y que en la prueba suspendida haya obtenido un valor mínimo de 4 puntos. |
La parte teórica de la asignatura supondrá el 70% de la calificación final | ||||
Otros |
Otros comentarios y segunda convocatoria | |||
Para seguir la Evaluación Continua es necesario que el alumno/a se presente a todas las pruebas evaluativas propuestas. La no presentación a una concreta actividad evaluativa, implicará que el/la alumno/a no pueda ser evaluado/a de acuerdo con el sistema de Evaluación Continua, y en consecuencia tenga que presentarse a la Segunda Convocatoria para superar la asignatura. En Segunda Convocatoria, el/la alumno/aque haya seguido la Evaluación Continua, deberá examinarse solo de la/s prueba/s no superadas. La cualificación obtenida en la(s) prueba(s) superada(a) se conservará hasta acabar las pruebas que integran la segunda convocatoria. |